Según datos del Ministerio de Trabajo, en Colombia hay 22
millones de trabajadores de los cuales 7.7 millones aportan activamente al
sistema general de pensiones, el cual cuenta con dos regímenes, por un lado
Régimen de Ahorro Individual (RAIS) y Régimen de Prima Media (RPM).
En este momento la cobertura que tiene cada uno de los
dos consta de la siguiente forma; 50% corresponde al Régimen de Prima Media
administrado por Colpensiones y 50% destinado al Régimen de Ahorro Individual,
administrado por los Fondos Privados.
Para muchas personas saber qué régimen le conviene más,
para programarse y empezar ahorrar es fundamental, sin embargo, hay otras que
no tienen claro cuál de los dos regímenes pensionales que actualmente existen,
es el indicado a la hora de cotizar para pensión.
Para definir el régimen pensional más adecuado para cada
persona, explica TG Consultores Expertos en Soluciones Integrales de Pensiones,
no hay un solo tipo de criterio, sino que deben revisarse algunas variables de
su vida laboral tales como: edad, tiempo laborado, identificar si es del sector
público o privado así como los beneficios generales que de cada uno de los
regímenes que aplica en el caso específico.
Lo anterior teniendo en cuenta que por ejemplo personas
con derecho a régimen de transición (que aplican leyes anteriores a la ley 100
de 1993) en la mayoría de los casos les convendrá más el RPM por efectos que
pueden pensionarse con edades menores a las normas generales y con
mayores montos de mesada pensional.
Les convendrá más un Fondo Privado de pensiones a
personas que cuenten con un bono pensional calculado con salarios altos
(mayores de entre 10 y 20 salarios mínimos) ya que el capital ahorrado será
suficiente para obtener una pensión medianamente equiparable con la que se
obtendría en el RPM.
En el caso en el que personas que cotizaron menos de las
semanas requeridas en el RPM pero que se trasladaron a Fondos Privados
y que contaban con salarios de máxima categoría a junio de 1992, (fecha
estipulada del salario con el cual se calculan los bonos pensionales), logran
obtener capital suficiente para lograr una pensión en la AFP.
Para aquellos que solo tienen derecho a indemnizaciones
sustitutivas de pensión, es siempre más alto el monto de devolución a adquirir
en el Régimen de Ahorro Individual.
¨Los anteriores son algunos de los cientos de ejemplos
que hacen que la decisión de estar en uno u otro régimen sea totalmente
personal y no pueden tomarse decisiones por efecto de que a otras
personas con características similares les hay ido mejor o peor ¨
Afirmó Enrique Chaverra Vicepresidente de TG Consultores, Expertos en
Soluciones Integrales de Pensiones.
Hay varias inquietudes dentro de la población que por
desconocimiento no saben que se ajusta más, si estar aportando en los Fondos
Privados o cotizar en el ISS hoy Colpensiones, pues bien, para ampliar más el
panorama y ayudar aclarar las dudas, a continuación se enseñarán las
características de cada uno:
Ventajas de
Colpensiones
-Hasta el 2014 se pensionarán hombres y mujeres dos
años antes en comparación con los Fondos Privados.
-La pensión no depende del ahorro sino del promedio
salarial de los últimos 10 años cotizados.
Desventajas
-La demora en los trámites del reconocimiento de las
pensiones y el manejo de la información, es decir, la historia
laboral.
-No es un régimen autofinanciado, es subsidiado para todo
el mundo.
Ventajas de los
Fondos Privados
-La posibilidad de pensionarse anticipadamente, antes de
la edad obligatoria si tiene el capital que se requiere.
- Tener derecho a heredabilidad, es decir, no se pierde
el dinero si llegase a morir el cotizante porque ese capital se le otorga a la
familia. (De acuerdo con lo que diga la ley).
Desventajas
-Se pensionan dos años más tarde.
-La capacidad de ahorro en Colombia es baja ya que no hay
suficiente empleo de calidad.
Ambos regímenes tienen características especiales, en el
Régimen de Prima Media, por ejemplo la edad de pensión en mujeres es de 55 años
y en hombres de 60 años, y las semanas mínimas requeridas son 1250, que a
partir de 2015 deberán sumar 1300.
Mientras que en los Fondos Privados de Pensión, la edad
en mujeres es de 57 años y en hombres de 62, y se debe tener un capital mínimo
de 150 millones de pesos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por su comentario / Busport Noticias Empresariales